La siguiente
comparación se realizará de dos países miembros de la OCDE, siendo estos
Finlandia uno de los destacados en materia educativa y México que ha ocupado
los últimos lugares de la prueba PISA, la cual tiene por objetivo: evaluar
hasta qué punto los alumnos cercanos al final de la educación obligatoria han
adquirido algunos de los conocimientos y habilidades necesarios para la
participación plena en la sociedad del saber.
¿Pero qué hace que
México este en los últimos lugares?
¿Cuáles serán factores
pueden hacer que México alcancé un nivel más alto en cuanto a educación se
refiere?
Es por ello que el
siguiente cuadro rescata lo político y económico de cada país, para que con
ello se puedan generar cuestionamientos acerca de la brecha que nos separa.
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México
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Finlandia
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Constitución
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Artículo
3ro:
Todo
individuo tiene derecho a recibir educación.
El
Estado –Federación, Estados, Distrito Federal y Municipios–, impartirá
educación preescolar, primaria, secundaria y media superior.
La
educación preescolar, primaria y secundaria conforman la educación básica;
ésta y la media superior serán obligatorias.
La
educación que imparta el Estado tenderá a desarrollar armónicamente, todas
las facultades del ser humano y fomentará en él, a la vez, el amor a la Patria,
el respeto a los derechos humanos y la conciencia de la solidaridad
internacional, en la independencia y en la justicia.
I. Garantizada por el artículo 24 la
libertad de creencias, dicha educación será laica y, por tanto, se mantendrá
por completo ajena a cualquier doctrina religiosa;
II. El criterio que orientará a esa
educación se basará en los resultados del progreso científico, luchará contra
la ignorancia y sus efectos, las servidumbres, los fanatismos y los
prejuicios.
Además:
a) Será democrático, considerando a la
democracia no solamente como una estructura jurídica y un régimen político,
sino como un sistema de vida fundado en el constante mejoramiento económico,
social y cultural del pueblo;
b) Será nacional, en cuanto -sin
hostilidades ni exclusivismos- atenderá a la comprensión de nuestros
problemas, al aprovechamiento de nuestros recursos, a la defensa de nuestra
independencia política, al aseguramiento de nuestra independencia económica y
a la continuidad y acrecentamiento de nuestra cultura, y
c) Contribuirá a la mejor convivencia
humana, a fin de fortalecer el aprecio y respeto por la diversidad cultural,
la dignidad de la persona, la integridad de la familia, la convicción del
interés general de la sociedad, los ideales de fraternidad e igualdad de
derechos de todos, evitando los privilegios de razas, de religión, de grupos,
de sexos o de individuos;
III. Para dar pleno cumplimiento a lo
dispuesto en el segundo párrafo y en la fracción II, el Ejecutivo Federal
determinará los planes y programas de estudio de la educación preescolar,
primaria, secundaria y normal para toda la República. Para tales efectos, el
Ejecutivo Federal considerará la opinión de los gobiernos de las entidades
federativas y del Distrito Federal, así como de los diversos sectores
sociales involucrados en la educación, en los términos que la ley señale.
IV. Toda la educación que el Estado
imparta será gratuita;
V. Además de impartir la educación
preescolar, primaria, secundaria y media superior, señaladas en el primer párrafo,
el Estado promoverá y atenderá todos los tipos y modalidades educativos
–incluyendo la educación inicial y a la educación superior–necesarios para el
desarrollo de la nación, apoyará la investigación científica y tecnológica, y
alentará el fortalecimiento y difusión de nuestra cultura;
VI. Los particulares podrán impartir
educación en todos sus tipos y modalidades. En los términos que establezca la
ley, el Estado otorgará y retirará el reconocimiento de validez oficial a los
estudios que se realicen en planteles particulares. En el caso de la
educación preescolar, primaria, secundaria y normal, los particulares
deberán:
a) Impartir la educación con apego a los
mismos fines y criterios que establecen el segundo párrafo y la fracción II,
así como cumplir los planes y programas a que se refiere la fracción III, y
b) Obtener previamente, en cada caso, la
autorización expresa del poder público, en los términos que establezca la
ley;
VII. Las universidades y las demás
instituciones de educación superior a las que la ley otorgue autonomía,
tendrán la facultad y la responsabilidad de gobernarse a sí mismas;
realizarán sus fines de educar, investigar y difundir la cultura de acuerdo
con los principios de este artículo, respetando la libertad de cátedra e investigación
y de libre examen y discusión de las ideas; determinarán sus planes y
programas; fijarán los términos de ingreso, promoción y permanencia de su
personal académico; y administrarán su patrimonio. Las relaciones laborales,
tanto del personal académico como del administrativo, se normarán por el
apartado A del artículo 123 de esta Constitución, en los términos y con las
modalidades que establezca la Ley Federal del Trabajo conforme a las
características propias de un trabajo especial, de manera que concuerden con
la autonomía, la libertad de cátedra e investigación y los fines de las
instituciones a que esta fracción se refiere, y
VIII. El Congreso de la Unión, con el fin de
unificar y coordinar la educación en toda la República, expedirá las leyes necesarias,
destinadas a distribuir la función social educativa entre la Federación, los
Estados y los Municipios, a fijar las aportaciones económicas
correspondientes a ese servicio público y a señalar las sanciones aplicables
a los funcionarios que no cumplan o no hagan cumplir las disposiciones
relativas, lo mismo que a todos aquellos que las infrinjan.
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Artículo
16:
Los
derechos educativos:
Toda
persona tiene derecho a la educación básica gratuita.
Los
poderes públicos, garantizan que la persona reciba otros servicios educativos
de acuerdo con sus capacidades y necesidades especiales, así como la
oportunidad de desarrollarse sin ser impedido por las dificultades
económicas.
La
libertad de la ciencia, las artes y la educación superior está garantizada.
En
cuanto a las universidades, el artículo 123 señala:
Las
universidades son autónomas,
Las
disposiciones sobre los principios que rigen los servicios de otras
instituciones educativas organizadas por el Estado y los municipios, así como
sobre el derecho a organizar la enseñanza correspondiente en las
instituciones educativas privadas, se establecen por ley.
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Población
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114,975,406
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5,262,930
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Tasa
de alfabetización
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86%
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100%
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PIB
(Miles de millones
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1,683
|
198
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PIB
percápita
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14,800
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36,700
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Tasa
de desempleo
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5%
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8%
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Gasto
público en educación con relación al PIB
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5.3%
|
6.8%
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Ingreso
por profesor (Dólares, 2010)
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18,621
|
37,455
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Número
de estudiantes por aula atendidos por profesor
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26 a 32
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10 a 15
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Horas
en el aula al año
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800
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683
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Muñoz
Vernor. El derecho a la
educación: una mirada comparativa. Argentina, Uruguay, Chile y Finlandia.
UNESCO
Artículo 3ro. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Section 16 –
Educational rights. The constitution of Finland.
Section 123 –
Universities and other education providers. The constitution of Finland.
La comparación que se va a realizar es de
dos países miembros de la OCDE, siendo estos Finlandia uno de los destacados
en materia educativa y México que ha ocupado los últimos lugares de la prueba
PISA, la cual tiene por objetivo: evaluar hasta qué punto los alumnos
cercanos al final de la educación obligatoria han adquirido algunos de los
conocimientos y habilidades necesarios para la participación plena en la
sociedad del saber.
¿Pero
qué hace que México este en los últimos lugares?
¿Cuáles
serán factores pueden hacer que México alcancé un nivel más alto en cuanto a
educación se refiere?
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De qué forma afecta el ingreso que se le destina a la educación en cada
país, ya que el PIB de México del 2012 fue de 1'207,820 millones de dólares,
del cual se destina a la educación el 5.3%, mientras que el PIB de Finlandia
fue de 198,000 millones de dólares, del cual se destinó a la educación el
6.8%. |
Ahora bien en cuestión de ingresos obtenidos por los docentes de los
países a analizar ¿Cómo afectan estos a la calidad educativa? Los docentes en México obtienen una paga cinco veces menor en comparación a los docentes de países desarrollados, los servicios de salud son casi inexistentes o una utopía y el apoyo que brinda el gobierno para la capacitación docente es casi nula. En México no se tiene un plan de continuidad en materia educativa, puesto que sexenio con sexenio se implementa un nuevo programa con miras de impulsar la educación, dejando inconcluso el anterior. Con planes educativos rezagados, México trata de alcanzar un mayor nivel dentro de la OCDE. |